
Ley de Segunda Oportunidad 2026: Cancela tus Deudas
¿Ahogado por las deudas? La Ley de Segunda Oportunidad te permite cancelar legalmente tus préstamos si eres insolvente. Requisitos y novedades 2026.
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Empezar de cero es posible. La Ley de Segunda Oportunidad no es un truco, es un mecanismo legal (Real Decreto Legislativo 1/2020 y reforma 2022) pensado para que personas físicas y autónomos que han tenido mala suerte no estén condenados a la exclusión financiera de por vida.
¿Qué es el BEPI?
Es el “Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho”. En cristiano: el perdón de las deudas. Una vez que el juez te concede el BEPI, tus acreedores no pueden volver a reclamarte nada. Ni llamadas, ni embargos, ni listas de morosos (ASNEF).
Requisitos para acogerse
Para que el juez te perdone las deudas, debes cumplir estos 4 requisitos sagrados (Test de Viabilidad):
Checklist: ¿Cumples el perfil?
- Insolvencia Real: No puedes pagar tus deudas con tus ingresos actuales. (No es “no quiero”, es “no puedo”).
- Buena Fe: No has ocultado bienes, no has mentido al pedir los créditos y has intentado pagar lo que has podido.
- Sin Delitos Económicos: Limpio de antecedentes por estafa, alzamiento de bienes o delitos contra Hacienda en los últimos 10 años.
- Virgen en 5 años: No te has acogido a esta ley en el último lustro.
¿Tienes miedo al embargo mientras lo tramitas? Revisa exactamente qué parte de tu sueldo te pueden quitar con nuestra Calculadora de Embargo 2026. Al iniciar la Segunda Oportunidad, los embargos se paralizan.
Dos caminos: ¿Con o sin casa?
La gran novedad de los últimos años es que puedes elegir:
Opción A: Liquidación (El “Borrón y Cuenta Nueva” total)
Entregas todos tus bienes (si tienes coche, segunda residencia, excesos…) para pagar lo que se pueda. El resto de la deuda se cancela.
- Ventaja: Sales limpio rapidísimo (a veces en meses).
- Desventaja: Pierdes tus activos liquidables (excepto bienes inembargables como sueldo mínimo, ropa, herramientas de trabajo…).
Opción B: Plan de Pagos (Para salvar la casa)
Si quieres conservar tu vivienda habitual, puedes proponer un plan de pagos a 3 o 5 años.
- Pagas una cuota asumible durante ese tiempo.
- Mantienes tu casa.
- Al final del plazo, el resto de la deuda se exonera.
Deudas Públicas (Hacienda y Seguridad Social)
Antes no se podían cancelar. Ahora SÍ, pero con límites:
- Hasta 10.000€ de deuda con Hacienda.
- Hasta 10.000€ de deuda con la Seguridad Social. El resto tendrás que pagarlo (aunque puedes incluirlo en el plan de pagos).
¿Merece la pena?
Si tienes deudas que suman más de 15.000€ y no ves forma de pagarlas en años, SÍ. Recuperar la tranquilidad y salir de los ficheros de morosos no tiene precio.


