No presentar la Renta estando obligado: Sanciones y Recargos
Descubre qué pasa si no presentas la Renta. Tabla actualizada de sanciones de Hacienda, diferencias entre resultado a pagar/devolver y cómo regularizar.
Contenido
Aviso Importante: Este artículo tiene carácter meramente informativo. Las sanciones tributarias son complejas y dependen de cada caso. Si tienes deudas con Hacienda, te recomendamos acudir urgentemente a un asesor fiscal.
El miedo a Hacienda es real, pero a veces el desconocimiento es peor. “Se me ha pasado el plazo”, “pensaba que no estaba obligado”, “total, si me salía a devolver no pasa nada”… son frases que suelen terminar en una carta certificada de la Agencia Tributaria.
No presentar la Declaración de la Renta (IRPF) cuando estás obligado a ello tiene consecuencias económicas en la mayoría de los casos. Sin embargo, la gravedad del castigo depende totalmente de dos factores:
- Si el resultado era a pagar o a devolver.
- Si lo arreglas tú voluntariamente o si esperas a que Hacienda te reclame.
Escenario A: Me salía “A Pagar” (Yo debo dinero a Hacienda)
Este es el caso más peligroso. Estás reteniendo dinero público. Aquí se distingue claramente entre si vas tú o si van ellos a por ti.
1. Presentación voluntaria (fuera de plazo)
Si te das cuenta del olvido y presentas la declaración antes de recibir cualquier notificación de Hacienda (requerimiento previo), no hay multa sancionadora, sino recargos por extemporaneidad. Es la opción más barata.
- 1% de recargo fijo + 1% adicional por cada mes completo de retraso.
- Si tardas más de 12 meses: El recargo es del 15% + intereses de demora.
Ejemplo: Si tenías que pagar 1.000€ y la presentas en septiembre (3 meses tarde), pagarás un recargo del 4% (1% fijo + 3%). Total: 1.040€.
2. Si Hacienda te reclama (Requerimiento)
Si te llega la carta de Hacienda antes de que hayas movido ficha, olvídate de los recargos “amables”. Aquí entramos en el terreno de las sanciones tributarias.
- Infracción Leve: Si no hay ocultación, la multa suele partir del 50% de la cantidad no pagada.
- Infracción Grave/Muy Grave: Si has usado facturas falsas o medios fraudulentos, la multa puede ir del 50% al 150% de la deuda.
Ejemplo: Debías 1.000€. Te pillan. Pagarás los 1.000€ + 500€ de multa + intereses. Total > 1.500€.
Escenario B: Me salía “A Devolver” (Hacienda me debe dinero)
Mucha gente cree que “si Hacienda me tiene que pagar, no pasa nada si no la presento”. Error. Presentar la renta es una obligación formal. Si estás obligado a declarar (por ganar más de 22.000€, por tener dos pagadores, etc.) debes hacerlo aunque el resultado sea cero o a devolver.
- La sanción: Es una multa fija por incumplimiento formal. Generalmente son 200€.
- Reducción: Si la presentas voluntariamente antes de que te requieran, la multa se suele quedar en 100€ (y con pronto pago 75€).
- El peligro real: Si pasan 4 años sin que la reclames, prescribe tu derecho a la devolución. Perderías el dinero.
¿Cómo saber si Hacienda me ha multado?
Hacienda siempre notifica por escrito. Actualmente, las notificaciones electrónicas (DEHú) son la vía principal. Si recibes una notificación, no la ignores. Tienes 10 días para contestar o alegar. Si no lo haces, la sanción será firme y empezarán los embargos.
Pasos para regularizar tu situación hoy mismo
Si te has dado cuenta del error, no entres en pánico. Sigue estos pasos para minimizar el daño:
- No esperes a la carta: Es la regla de oro. Si vas tú primero, ahorras el 50% de la sanción.
- Entra en Renta WEB:
- Accede a la sede electrónica de la AEAT.
- Busca “Presentación de declaraciones de ejercicios anteriores”.
- Selecciona el año fiscal que olvidaste.
- Marca la opción “Extemporánea”: El sistema no suele tener un botón explícito, pero al presentarla fuera de fecha, la AEAT lo detecta. Lo importante es que no haya requerimiento previo.
- El pago:
- Si sale a pagar: El sistema calculará el importe principal. Los recargos te los notificarán después en una carta separada. No intentes calcularlos tú.
- Si no tienes liquidez: Solicita un aplazamiento o fraccionamiento en el mismo momento de enviar la declaración. Hacienda suele concederlo automáticamente para deudas inferiores a 30.000€ sin necesidad de aval.
Ejemplo Práctico: El olvido de Juan
Juan olvidó declarar en junio que ganó 25.000€. Su resultado era “A pagar 1.000€”.
- Caso 1 (Voluntario en Agosto): Juan la presenta por su cuenta. Paga 1.000€ + Recargo extemporáneo (aprox 1-2%). Total: ~1.020€.
- Caso 2 (Hacienda le avisa en Octubre): Le llega notificación. Paga 1.000€ + Sanción 500€ (50%) + Intereses. Total: >1.500€. Ahorro por actuar rápido: Cerca de 500€.
Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa si me sale a devolver y no la presento?
Si el resultado era a tu favor (Hacienda te debe dinero) y no prestas la declaración, pierdes el derecho a cobrar esa devolución si pasan 4 años. Además, Hacienda puede sancionarte con 100€ (reducción a 75€ por pronto pago) por no cumplir con la obligación formal, aunque no debas dinero.
¿Cuál es la multa mínima por no presentar la renta?
Si te salía a pagar y no lo hiciste, la sanción mínima depende del tiempo que hayas tardado. Si lo haces voluntariamente antes de que te pille Hacienda, pagarás un recargo (1% + 1% por cada mes de retraso). Si te pilla Hacienda, la sanción mínima es del 50% de la cantidad dejada de ingresar.
¿Prescribe la obligación de declarar?
Sí, a los 4 años. Pero cuidado: el plazo empieza a contar desde el fin del periodo voluntario (30 de junio). Si Hacienda te envía una notificación antes de esos 4 años, el contador se reinicia.
Resumen: ¿Qué hacer?
- Presenta voluntariamente antes de que Hacienda te reclame (recargo 1-15% vs sanción 50-150%).
- A pagar: Recargo extemporáneo (1% + 1%/mes). Si te pillan: sanción 50% mínimo.
- A devolver: Multa de 100-200€ por incumplimiento formal + pierdes la devolución si pasan 4 años.
- Solicita fraccionamiento si no puedes pagar de golpe (hasta 30.000€ sin aval).
Aviso legal: Este artículo es informativo y no sustituye asesoramiento profesional. Consulta con un asesor fiscal para tu caso específico.