
¿Me pueden despedir estando de baja? Mitos y Realidades 2026
Aclaramos si es legal despedir a un trabajador de baja médica (IT). Cuándo es nulo, cuándo es improcedente y qué indemnización te corresponde.
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¿Me pueden despedir estando de baja?
Existe el mito generalizado de que “no te pueden echar estando malo”. Esto es falso. La empresa SÍ puede despedirte estando de baja médica, pero debe justificarlo muy bien. Si no hay causa, habrá consecuencias.
Tipos de despido estando de baja
Dependiendo de la causa que alegue la empresa, el despido puede calificarse de tres formas:
1. Despido Procedente (Legal y justificado)
Si la empresa tiene una causa real que no tiene nada que ver con tu enfermedad.
- Ejemplo: Cierran la empresa por quiebra, o te pillan robando (estando de baja o antes).
- Consecuencia: Te vas con la indemnización que corresponda (20 días si es objetivo, 0 si es disciplinario).
2. Despido Improcedente (Sin causa justificada)
Si te despiden durante la baja pero sin una causa sólida, o reconociendo que no la hay (“despido exprés”).
- Indemnización: 33 días por año trabajado.
- Situación habitual: La empresa prefiere pagar y que te vayas.
3. Despido Nulo (Discriminatorio)
Aquí está la clave de la Ley 15/2022 de igualdad de trato. Si te despiden POR estar enfermo (discriminación por enfermedad o condición de salud), el despido puede ser NULO.
- Requisitos: Que la enfermedad sea de larga duración o se considere un estigma/discapacidad.
- Consecuencia: La empresa debe readmitirte obligatoriamente y pagarte los salarios de tramitación (los meses que has estado fuera).
¿Qué pasa con mi sueldo/baja si me despiden?
Si te despiden estando de baja:
- Sigues cobrando la baja: Pero ya no te paga la empresa (pago delegado), sino que pasas a pago directo de la Mutua o el INSS.
- Cuantía: Cobrarás lo mismo que cobrabas de prestación (normalmente el 75% de la base reguladora), pero sin los complementos que pudiera poner la empresa.
- El paro espera: No empiezas a gastar paro hasta que te den el alta médica.
Pasos si te llega el burofax de despido
- No firmes “conforme”: Pon “No conforme” y la fecha real.
- Solicita pago directo: Ve a la Mutua para solicitar que te sigan pagando la baja.
- Demanda (20 días): Tienes 20 días hábiles para demandar. Si crees que te han echado por estar enfermo, demanda la NULIDAD.
En resumen
Estar de baja no es un “escudo total” contra el despido. Te pueden despedir. Pero si lo hacen solo porque les molesta tu enfermedad, puedes luchar para que se declare nulo (readmisión) o al menos improcedente (máxima indemnización).


